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Entra en vigor la amnistía en Honduras

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La amnistía política para los
involucrados en la crisis causada por el derrocamiento de Manuel
Zelaya en 2009 en Honduras entró hoy en vigor, casi un mes después
de haber sido aprobada por el Congreso Nacional.

El decreto de amnistía política cobró vigencia al cumplirse el
término de 20 días posteriores a su publicación en el diario oficial
La Gaceta, según lo establecido en el texto aprobado por el Congreso
el 26 de enero.

La resolución parlamentaria, que La Gaceta publicó el pasado 2 de
febrero, no precisa los nombres de las personas beneficiadas por la
amnistía, solamente los delitos que esta abarca y excluye.

La amnistía sólo favorece a los acusados por delitos políticos,
pero no a aquellos implicados en actos de corrupción o violaciones a
los derechos humanos, declaró hoy a Radio América el diputado Germán
Leitzelar, del Partido Innovación y Unidad-Socialdemócrata
(PINU-SD), uno de los autores del proyecto.

Según el decreto, la amnistía abarca los delitos de "traición a
la patria, delitos contra la forma de Gobierno, terrorismo, sedición
(todos del Código Penal), calificados como delitos políticos", y
varios "delitos comunes conexos".

Estos últimos son usurpación de funciones, delitos cometidos por
los particulares contra el ejercicio de los derechos garantizados
por la Constitución, desobediencia, abuso de autoridad y violación
de los deberes de los funcionarios.

Se excluyen de la amnistía "todas aquellas acciones constitutivas
de delitos relacionados a actos de corrupción, como malversación de
caudales públicos, enriquecimiento ilícito, cohecho y otros
tipificados en la legislación penal, al igual que los delitos de
lesa humanidad y violación de los derechos humanos", añadió el
texto.

Señaló que "los órganos jurisdiccionales competentes deberán, de
oficio o a petición de parte, sobreseer toda causa que estén
conociendo y que esté comprendida en este beneficio".

También establece que en las investigaciones y "demás diligencias
que a la fecha se encuentren en proceso en las oficinas del
Ministerio Público deberá procederse por este órgano contralor del
Estado a su archivo administrativo".

Leitzelar explicó que, vigente ya la amnistía, en los casos de
personas que estén siendo procesadas por algún delito político o
común conexo, "los jueces devienen obligados a ponerle fin al
procedimiento y a emitir los sobreseimientos definitivos".

Si se está investigando a personas por dichos delitos con el
propósito de llevarlas ante los tribunales, "el Ministerio Público
debe ponerle fin a ese requerimiento", agregó el diputado y abogado.

Indicó que si eventualmente se acusa a una persona, "y si el
delito es de los incorporados en el decreto de amnistía, únicamente
tiene que manifestar ante el juez que la acción o delito de que se
le está acusando está incorporado en el decreto de amnistía".

Leitzelar también explicó que el decreto no establece ningún
término de la vigencia de la amnistía porque "existen delitos que
tienen prescripción y otros que no tienen prescripción,
especialmente los delitos políticos".

El presidente hondureño, Porfirio Lobo, sancionó la amnistía el
27 de enero pasado, durante su investidura, al día siguiente de que
fuera aprobada por el Congreso Nacional, de 128 escaños.

Según Lobo, la amnistía contribuirá a la reconciliación nacional
después de la crisis y ha sido una exigencia de la comunidad
internacional a pesar de que fue excluida del Acuerdo
Tegucigalpa-San José, que fijó medidas para superar el conflicto.

El acuerdo fue suscrito el 30 de octubre pasado por delegaciones
de Zelaya y del entonces presidente de facto, Roberto Micheletti.

La amnistía fue aprobada con el apoyo de los 71 diputados del
gobernante Partido Nacional, más uno de la Democracia Cristiana y
uno del Partido Liberal.

Votaron en contra los cuatro diputados del Unificación
Democrática, de izquierda; cuatro de la Democracia Cristiana y un
liberal.

La mayor parte de la bancada liberal, 43 diputados (de 45), se
abstuvo, al igual que los tres diputados del PINU-SD.

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