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Corte dice no a nueva reelección de Uribe

La iniciativa para el referendo en Colombia se hundió 7 votos contra dos.

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 La Corte Constitucional de Colombia rechazó hoy la Ley de Referendo que hubiera permitido al presidente Álvaro Uribe optar a una segunda reelección en los comicios del 30 de mayo, confirmó su presidente Mauricio González, quien alegó numerosas violaciones en el proceso y vicios de forma.

El presidente Uribe dijo que acepta y acata la decisión de la Corte Constitucional y prometió seguir sirviendo a su país "desde cualquier trinchera".

La Corte declaró "inexequible en su totalidad (que no se puede llevar a efecto) la Ley 1354 del 2009 por la cual se convoca a un referendo constitucional", dijo González en una rueda de prensa.

El titular del alto tribunal confirmó que la decisión se tomó por siete votos en contra de la Ley y dos a favor, y señaló que los nueve magistrados que forman la Corte Constitucional actuaron con independencia.

Explicó que en el trámite de la Ley se dieron "un conjunto de irregularidades" vinculadas a la financiación de la campaña de recolección de firmas entre los ciudadanos, además de otras anomalías que "configuran una grave violación de los principios de un sistema democrático".

Los promotores del referendo desconocieron "los principios constitucionales" en el manejo de la contabilidad y los fondos recogidos y constituyeron una sociedad que se atribuyó labores que no le eran propias porque debían haber recaído en las instituciones, abundó.

De acuerdo con la Corte, los promotores del referendo gastaron "más de seis veces lo autorizado por las autoridades electorales y recibió aportes hasta 30 veces más a lo permitido".

"Estas actuaciones, además de transgredir la Ley, vulneraron el principio constitucional de transparencia", agregó, al calificar de "desproporcionados" dichos fondos con el propósito de únicamente favorecer la convocatoria de un referendo y lograr una segunda reelección de Uribe.

El alto tribunal se basó para tomar su decisión en otros "vicios de procedimiento legislativo", según González, quien matizó que la iniciativa no se certificó ante el registrador civil, lo que "inhibe el trámite legislativo".

También contribuyó a la decisión un segundo vicio administrativo: "la modificación del texto de la Ley", ya que en un primer momento se refería a la reelección del presidente sin especificaciones y después se cambió para que dicha reelección se pudiera dar en 2010.

"Con una modificación de esta envergadura, el Congreso excedió el principio de democracia participativa, lo que constituye un vicio de inconstitucionalidad", indicó el presidente del tribunal.

La Corte constató así que "a la cadena de irregularidades" se sumó que cinco representantes de Cambio Radical desconocieron la línea de su partido y votaron en contra de su bancada para sacar adelante la Ley, es decir, actuaron como tránsfugas.

A juicio del alto tribunal, esta infracción "profiere invalidez de los votos".

Por último, consideró que "el desconocimiento de principios constitucionales para la convocatoria de un referendo de iniciativa popular reformatorio de la Constitución es una violación sustancial al principio democrático".