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A partir del 30 de junio de 2008, la USCIS emitirá documentos de autorización de empleo (EAD por sus siglas en inglés) con una vigencia de dos años.  El nuevo…

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A partir del 30 de junio de 2008, la USCIS emitirá documentos de autorización de empleo (EAD por sus siglas en inglés) con una vigencia de dos años.  El nuevo EAD de dos años sólo está disponible para personas individuales que han presentado sus solicitudes para obtener la residencia legal permanente (LPR por sus siglas en inglés), haciendo uso del Formulario I-485, Solicitud para el registro de situación de residencia permanente o para ajustar la situación, y han presentado autorizaciones de empleo bajo la sección 274.a.12(c) (9) del título 8, Código de Normas Federales (8 C.F.R.) pero que no pueden obtener la LPR ya que su número de visa de inmigrante no está actualmente disponible. 

La USCIS decidirá si renovará el EAD durante un período de vigencia de uno o dos años sobre la base del Comunicado de visas del Departamento de Estado disponible en el sitio de Internet; http://travel.state.gov/visa/frvi/bulletin/bulletin_1360.html.--  la lista de espera para visas.

Para los solicitantes cuyo número de visa de inmigrante está disponible y que presentan autorizaciones de empleo bajo la sección 274ª.12©(9) del 8 C.F.R., la USCIS continuará otorgando los EAD con vigencia de un año.  La USCIS podrá emitir una renovación del EAD si la fecha de disponibilidad de la visa de inmigrante del solicitante retrocede (cuando la demanda real de los números de visa excede la oferta prevista) después de haber presentado el Formulario I-485.

Si una persona individual solicita que se reemplace un EAD que no ha vencido, la USCIS emitirá un EAD de reemplazo válido hasta la misma fecha correspondiente a el EAD emitida anteriormente.  Sin embargo, si el EAD venció, la USCIS procesará la solicitud para la renovación del EAD y establecería el período de vigencia adecuado sobre la base de la fecha de prioridad del solicitante y el Comunicado de Visas del Departamento de Estado.

Naturalmente, han surgido preguntas sobre este nuevo procedimiento a las quue la USCIS ha respondido de la siguiente manera:

¿Quién cumple con los requisitos para obtener un EAD con vigencia de dos años?

El EAD para dos años está disponible para los solicitantes cuyos ajustes estén pendientes (es decir, aquellos que han presentado un formulario I-485, la Solicitud para registrar la residencia permanente o para ajustar el estatus) que han presentado una solicitud para un EAD bajo la sección Section 274.a.12(c) (9) del título 8, del Código de normas federales (8 C.F.R.) y que actualmente no pueden ajustar su situación debido a la indisponibilidad actual de un número de visa de inmigrante.  La USCIS continuará otorgando los EAD con validez de un año para los solicitantes de ajustes que cuenten con un número de visa de inmigrante disponible y que estén presentando una solicitud de autorización de empleo bajo la sección 274a.12(c)(9) del 8 C.F.R.

¿Cuándo deben esperar los solicitantes recibir el nuevo EAD de dos años de vigencia?

La USCIS espera poner en marcha esta iniciativa para los casos que estén pendientes el 30 de junio de 2008. Los solicitantes que presenten un formulario I-765 bajo la sección   274.a.12(c) (9) del 8 C.F.R. deberán empezar a recibir su EAD de dos años de vigencia un par de semanas después de la fecha de implementación prevista correspondiente al 30 de junio de 2008.

¿Los solicitantes recibirán un EAD de dos años de validez al presenter un I-765 con su solicitud de ajuste de status I-485?

Generalmente, no.  Las solicitudes iniciales para el EAD generalmente recibirán un EAD de vigencia de un año ya que estas normalmente se presentan con el Formulario I-485 que sólo puede presentarse cuando el número de visa de inmigrante le esté inmediatamente disponible a la persona individual.  Los solicitantes sólo tienen derecho a un EAD de dos años de vigencia si su fecha de disponibilidad de número de visa retrocede (es decir, cuando la demanda real de los números de vista exceda la oferta prevista) después de haber presentado el Formulario I-485.  Si el número de visa de inmigrante está disponible, la USCIS otorgará un EAD de un año.

¿Sobre qué se basará la USCIS al tomar la decisión de emitir un EAD vàlido por uno o por dos años?

La USCIS decidirá si renueva el EAD por un período de vigencia de uno o de dos años sobre la base del  Comunicado de visas más reciente del Departamento de Estado.  Si el número de visa del solicitante ha retrocedido y no está disponible, la USCIS podrá emitir un EAD renovado con vigencia de dos años.  La USCIS continuará emitiendo el EAD en incrementos de un año cuando el Comunicado de visas del Departamento de Estado muestre que la categoría de preferencia en base al empleo está al día en su totalidad o que la fecha de prioridad del solicitante está al día.