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Asegure su voto aun si no puede votar este 8 de noviembre

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Si usted es un votante registrado pero no podrá acudir a votar el próximo 8 de noviembre, tiene el derecho de hacerlo, por ejemplo, a través del voto de ausencia.

Este tipo de voto es para personas que se encuentren lejos de su municipio, que sufran alguna discapacidad, tengan algún festejo religioso, que hayan sido encarceladas o internadas en una institución de cuidado de salud.

También es una garantía electoral para aquellas personas que forman parte de las fuerzas armadas o sus dependientes,  o cualquier persona que no pueda acudir a votar el día de las elecciones por cuestiones de trabajo.

Para tener derecho a él se requiere que el votante obtenga una solicitud del voto de ausencia por parte del estado.

Las personas interesadas pueden descargar la forma para solicitar el voto de ausencia en la página web VotesPA.com, y tienen la opción de enviarla por correo o acudir en persona a la oficina de la Junta de Elecciones del Condado en el cuarto 142 de la alcaldía de Filadelfia.

El plazo para solicitar el voto de ausencia se vence el próximo martes primero de noviembre.

Una vez realizado el trámite, podrán ejercer su voto de ausencia hasta el viernes 4 de noviembre antes de las 5:00 p.m. en la oficina antes mencionada.

Para ejercer el voto es necesario estar registrado en el padrón de votantes y contar con una identificación oficial del estado.

Otra opción para las personas que no puedan ejercer su derecho al voto el día de las elecciones es el voto alternativo. 

Si usted es una persona con alguna discapacidad o mayor de 65 años, y ha sido designado en una locación que es innaccesible para usted, puede solicitar esta alternativa.

Para obtener una copia de la solicitud visite la página de internet del Comité de los Setenta en www.seventy.org.

La fecha límite para entregar la solicitud del voto alternativo a la oficina de la Junta de Elecciones del Condado, también es el primero de noviembre. 

Una vez que obtenga su solicitud para votar, deberá regresar  el documento con su voto a esta misma oficina antes de que termine la jornada electoral el día de las elecciones, es decir el 8 de noviembre antes de las 8:00 p.m.

Una última opción para asegurar su voto aun después de la fecha límite del voto de ausencia, es el voto de emergencia.

La solicitud para este voto de emergencia está disponible en la Corte de Quejas Coumunes un día anterior a las elecciones y el mismo día de las elecciones  hasta las 8:00 p.m.

Para más información o para reportar problemas o abusos en torno a las elecciones llame al (215)-557-3600.

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